Trabajo no registrado (empleo en negro)
Trabajar en negro significa que su empleador no lo inscribió ante ARCA (ex AFIP) y la ANSES, privándolo de obra social, jubilación, ART y todos sus derechos laborales. También es irregular cuando lo registraron con una fecha de ingreso posterior a la real o con un sueldo menor al que efectivamente cobra.
¿Qué cambió con la reforma laboral de 2026?
La Ley 27.802 derogó las multas de los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 24.013 que antes se podían reclamar directamente al empleador.
El nuevo sistema establece que, cuando la Justicia comprueba la falta de registración, el juez debe remitir los antecedentes a ARCA para que determine y ejecute las multas y recargos correspondientes.
¿Qué puede reclamar igual?
— La indemnización por despido sobre la real antigüedad y el real salario.
— Diferencias salariales por sueldo sub-registrado.
— Aportes previsionales no ingresados, con impacto en su futura jubilación.
— Daños derivados de la falta de cobertura de ART en caso de accidente.
Si está trabajando en estas condiciones, consúltenos antes de hacer cualquier movimiento.
El procedimiento a seguir cambió y es fundamental no cometer errores que hagan perder derechos.
